
El Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina cerró 2025 con 200 víctimas directas, la cifra más baja desde su creación en 2014. El descenso se concentró en el último bienio, después de una década en la que el registro osciló entre 225 y 260 víctimas anuales sin tendencia definida. Este cuarto artículo de la serie examina esa trayectoria, la contrasta con la evolución general de los homicidios de mujeres y muestra por qué la violencia letal de género se comporta como el componente más rígido del homicidio en Argentina.
Los artículos anteriores de esta serie describieron el descenso de los homicidios dolosos a escala nacional y regional, su geografía provincial y departamental y la trayectoria opuesta de los delitos contra la propiedad. Este artículo se ocupa de un subconjunto específico de la violencia letal: las muertes violentas de mujeres por razones de género. El cambio de objeto exige un cambio de fuente. El SNIC, base de los tres artículos previos, no distingue todavía los femicidios dentro de los homicidios dolosos; su informe 2025 anticipa que esa clasificación se incorporará al sistema recién a partir de 2026. La única estadística oficial de femicidios en Argentina es el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), que elabora la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema desde hace más de una década con información aportada por los poderes judiciales y ministerios públicos de las veinticuatro jurisdicciones.
La diferencia de fuente no es menor. El SNIC cuenta hechos registrados por las fuerzas de seguridad; el RNFJA cuenta causas judiciales. Para construirlo, cada jurisdicción revisa todas las causas iniciadas en el año en las que se investiga la muerte violenta de una mujer cis o de una mujer trans o travesti, cualquiera sea la carátula, y las clasifica según un protocolo común basado en los estándares interamericanos y de Naciones Unidas. Si la hipótesis de femicidio no puede descartarse a la fecha de corte, el caso se incluye. El resultado es un registro que no depende de que fiscales o jueces hayan aplicado una figura penal determinada, y que se corrige año tras año a medida que las investigaciones avanzan. Las cifras que siguen corresponden a las bases abiertas rectificadas y al informe de la edición 2025, publicado en mayo de 2026.
Una década de registro
En 2025 el RNFJA contabilizó 204 causas judiciales en las que se investigaban posibles femicidios, con 200 víctimas directas —196 mujeres cis y 4 mujeres trans o travestis— y 19 víctimas de femicidio vinculado, esto es, personas asesinadas para causar sufrimiento a una mujer o por interponerse en una agresión. Las víctimas letales de la violencia de género sumaron 219. La tasa nacional fue de 0,85 víctimas directas cada 100.000 mujeres, equivalente a un femicidio cada 117.883 mujeres.

La serie completa ayuda a dimensionar ese número. Entre 2014 y 2020 el registro se movió dentro de una franja estrecha, de 225 a 260 víctimas anuales, con el máximo en 2019. En 2021 y 2022 descendió hasta 226, en 2023 volvió a subir a 250, y a partir de allí encadenó dos caídas consecutivas: 228 en 2024 y 200 en 2025. La reducción interanual de 2025 fue del 12,3%, la mayor de la serie, y dejó el registro un 23,1% por debajo del pico de 2019 y un 20,6% por debajo de 2017, el primer año con la metodología plenamente consolidada. Medido en tasas, el país pasó de un nivel cercano a 1,1 víctimas cada 100.000 mujeres, sostenido durante casi toda la década, a 0,85 en 2025.
| Año | Víctimas directas | Tasa cada 100.000 mujeres |
|---|---|---|
| 2017 | 252 | 1,12 |
| 2018 | 257 | 1,13 |
| 2019 | 260 | 1,14 |
| 2020 | 254 | 1,10 |
| 2021 | 231 | 0,99 |
| 2022 | 226 | 0,96 |
| 2023 | 250 | 1,06 |
| 2024 | 228 | 0,97 |
| 2025 | 200 | 0,85 |
Víctimas directas de femicidio y tasa cada 100.000 mujeres, 2017-2025. Fuente: RNFJA (OM-CSJN), bases abiertas rectificadas e informe 2025; población femenina según proyecciones del INDEC (Censo 2010 hasta 2021, Censo 2022 desde 2022). Los registros 2014-2016 (225, 235 y 254 víctimas) corresponden a un período de consolidación metodológica y se presentan por separado en el gráfico.
El 2025 es el mínimo de toda la serie, por debajo incluso del primer año de relevamiento. La afirmación requiere una salvedad que el propio informe explicita: seis causas de 2025 quedaron en seguimiento en las jurisdicciones de Córdoba, Chubut, Jujuy, Santiago del Estero, Santa Fe y Tucumán, y podrían incorporarse al registro en futuras revisiones del Observatorio de causas y sentencias, como ocurrió en años anteriores. El total de 2025 debe leerse, por lo tanto, como un piso provisional. Aun si esas seis causas se sumaran en su totalidad, el año cerraría con 206 víctimas y seguiría siendo el más bajo del registro.
Femicidios y homicidios de mujeres
El descenso de los femicidios llega después del descenso general de los homicidios, y llega atenuado. La comparación con el SNIC permite precisarlo, con la cautela de que se trata de fuentes con criterios y unidades distintas. Entre 2017 y 2025, los homicidios dolosos del SNIC cayeron de 2.313 a 1.676 víctimas, un 27,5% menos; las víctimas mujeres bajaron de 405 a 279, un 31,1%; y las víctimas directas de femicidio del RNFJA bajaron de 252 a 200, un 20,6%. El femicidio cayó menos que el homicidio en general, y bastante menos que el homicidio de mujeres en general.

La diferencia entre ambas series encierra el dato más revelador del período. Si a las muertes violentas de mujeres que contabiliza el SNIC se les descuentan las que el RNFJA clasifica como femicidios, queda un residuo aproximado de homicidios de mujeres sin componente de género identificado: mujeres muertas en robos, en enfrentamientos, en conflictos interpersonales sin desigualdad de género de por medio. Ese residuo pasó de unas 153 víctimas en 2017 a unas 79 en 2025, una caída cercana al 48%. Mientras tanto, los femicidios bajaron un 21%. Dicho de otro modo: la mitad de la reducción de la violencia letal contra mujeres provino del mismo proceso que hizo caer los homicidios en general —el que se describió en el primer artículo de esta serie—, y ese proceso operó con mucha más fuerza sobre la violencia no vinculada al género que sobre la vinculada a él.
El resultado es un cambio de composición. En 2017 los femicidios explicaban el 62% de las muertes violentas de mujeres; en 2025 explican el 72%. Y su peso dentro del total de homicidios del país subió del 7% en 2014 a cerca del 12% en los últimos dos años. La violencia letal de género se comporta como el núcleo más rígido del homicidio en Argentina: retrocede, pero más lentamente que todo lo demás. Este patrón es consistente con lo que muestra la literatura comparada sobre violencia doméstica e intrafamiliar, menos sensible a los factores que suelen explicar los movimientos del homicidio general, como los mercados ilegales, la disponibilidad de armas en el espacio público o los conflictos entre grupos. La cifra exacta del residuo debe tomarse como aproximación, porque las dos fuentes difieren en criterios de registro y de imputación temporal; la ficha técnica detalla esas diferencias y sus consecuencias.
La geografía del femicidio
Los volúmenes provinciales de femicidio son bajos: diecisiete de las veinticuatro jurisdicciones promedian menos de diez víctimas por año, y once menos de cinco. Con números de ese orden, las variaciones interanuales provinciales quedan dominadas por la fluctuación aleatoria, y presentarlas año a año induce a conclusiones sin sustento. Por ese motivo este artículo agrupa el período en tres trienios y calcula para cada uno la tasa anual media cada 100.000 mujeres. La tasa nacional descendió de 1,13 en 2017-2019 a 1,02 en 2020-2022 y a 0,96 en 2023-2025.
| Jurisdicción | 2017-2019 | 2020-2022 | 2023-2025 | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Víctimas | Tasa | Víctimas | Tasa | Víctimas | Tasa | |
| Chaco | 27 | 1,51 | 38 | 2,08 | 35 | 1,92 |
| Neuquén | 12 | 1,23 | 8 | 0,78 | 17 | 1,61 |
| Formosa | 14 | 1,56 | 11 | 1,19 | 12 | 1,25 |
| Misiones | 21 | 1,13 | 18 | 0,93 | 25 | 1,24 |
| Tucumán | 31 | 1,23 | 40 | 1,53 | 33 | 1,23 |
| Salta | 38 | 1,81 | 33 | 1,51 | 26 | 1,16 |
| Jujuy | 14 | 1,22 | 21 | 1,77 | 14 | 1,16 |
| Santiago del Estero | 18 | 1,25 | 24 | 1,59 | 18 | 1,14 |
| Buenos Aires | 302 | 1,15 | 249 | 0,93 | 271 | 1,02 |
| Santa Cruz | 1 | 0,20 | 4 | 0,76 | 5 | 1,02 |
| San Luis | 9 | 1,20 | 8 | 1,02 | 8 | 0,99 |
| La Rioja | 6 | 1,04 | 8 | 1,34 | 6 | 0,99 |
| Santa Fe | 74 | 1,38 | 76 | 1,38 | 48 | 0,85 |
| Río Negro | 10 | 0,91 | 9 | 0,79 | 10 | 0,84 |
| Mendoza | 27 | 0,91 | 24 | 0,78 | 25 | 0,80 |
| Chubut | 11 | 1,23 | 7 | 0,76 | 7 | 0,78 |
| CABA | 24 | 0,49 | 38 | 0,77 | 39 | 0,78 |
| Córdoba | 59 | 1,04 | 46 | 0,79 | 45 | 0,75 |
| Corrientes | 20 | 1,19 | 17 | 0,98 | 12 | 0,66 |
| Entre Ríos | 25 | 1,20 | 14 | 0,65 | 14 | 0,63 |
| Catamarca | 12 | 1,96 | 7 | 1,10 | 3 | 0,46 |
| Tierra del Fuego | 2 | 0,82 | 2 | 0,77 | 1 | 0,37 |
| La Pampa | 3 | 0,56 | 4 | 0,73 | 2 | 0,35 |
| San Juan | 9 | 0,78 | 5 | 0,41 | 2 | 0,16 |
Víctimas directas de femicidio por trienio y tasa anual media cada 100.000 mujeres. Ordenado por la tasa del último trienio. Fuente: elaboración propia sobre RNFJA (OM-CSJN) e INDEC. En jurisdicciones con pocos casos, diferencias de una o dos víctimas modifican la tasa de manera apreciable; las comparaciones finas entre provincias vecinas del ordenamiento no son informativas.

El mapa del femicidio no replica el mapa del homicidio que se describió en el segundo artículo de la serie. Chaco encabeza el último trienio con 1,92 víctimas anuales cada 100.000 mujeres y es la única jurisdicción que se mantuvo por encima de 1,5 en los tres períodos. Le siguen Neuquén (1,61), Formosa (1,25) y Misiones (1,24). En el extremo opuesto aparecen San Juan (0,16), La Pampa (0,35), Tierra del Fuego (0,37) y Catamarca (0,46). Santa Fe, protagonista del descenso nacional de homicidios por el caso Rosario, muestra aquí un movimiento igualmente marcado pero propio: su tasa de femicidios pasó de 1,38 en los dos primeros trienios a 0,85 en el último. Varias jurisdicciones del norte registraron descensos sostenidos entre puntas, con Catamarca (−1,50), Salta (−0,65), San Juan (−0,62), Entre Ríos (−0,57) y Corrientes (−0,53) a la cabeza. En dirección contraria, además de Chaco y Neuquén, se destaca la Ciudad de Buenos Aires, la única jurisdicción de gran población con aumento sostenido a lo largo de los tres trienios: de 0,49 a 0,78.
La distribución del volumen sigue, como es esperable, a la población. La provincia de Buenos Aires concentró 78 de las 200 víctimas de 2025, el 39% del total nacional, con una tasa (0,88) apenas superior a la media del país. En el trienio 2023-2025, cinco jurisdicciones —Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, CABA y Chaco— reunieron 438 de las 678 víctimas, el 65%.
La caída de 2025, provincia por provincia
La reducción de 28 víctimas entre 2024 y 2025 resulta de movimientos de signo contrario. Según el informe, las bajas se concentraron en Buenos Aires (20 casos menos), Córdoba (7 menos), Corrientes, Entre Ríos y Salta (5 menos cada una), Santiago del Estero (4 menos) y Chubut (3 menos), parcialmente compensadas por aumentos en Misiones (6 más), Mendoza y Santa Fe (4 más cada una) y Neuquén (3 más). Corrientes, La Pampa y San Juan no registraron casos en todo el año.
Conviene resistir la tentación de leer cada uno de esos movimientos como una tendencia provincial. Aplicando el mismo criterio estadístico de los artículos anteriores —comparar el valor observado de 2025 con el esperable según el promedio de los tres años previos, bajo un modelo de conteos aleatorios—, solo la ausencia de casos en Corrientes queda fuera del rango de fluctuación esperable; los otros veintitrés movimientos provinciales, incluida la baja de 20 casos de Buenos Aires, son compatibles con el azar. El total nacional, en cambio, no lo es: las 200 víctimas de 2025 quedan por debajo del rango esperable dado el nivel de los tres años previos. La caída de 2025 es, en síntesis, una señal real del agregado nacional que no puede atribuirse con fundamento a ninguna provincia en particular. El detalle del criterio figura en la ficha técnica.
Qué muestran las causas judiciales
El aporte distintivo del RNFJA no es solo el conteo sino la caracterización de los hechos, las víctimas y los agresores a partir de los expedientes. Los datos de 2025 confirman el patrón estructural del femicidio en Argentina: un delito que ocurre dentro de relaciones conocidas y en espacios domésticos.
Entre las 200 víctimas directas y los 210 sujetos activos identificados o por identificar se relevaron 229 vínculos. En al menos el 83% de ellos existía una relación previa entre la víctima y el agresor. La distribución es la siguiente:
| Vínculo del sujeto activo con la víctima | Vínculos | Porcentaje |
|---|---|---|
| Pareja, ex pareja u otra relación sexo-afectiva | 135 | 59% |
| Familiar (directo u otro) | 26 | 11% |
| Otro tipo de vínculo (conocidos, vecinos, clientes prostituyentes, otros) | 29 | 13% |
| Desconocido (sin vínculo previo) | 16 | 7% |
| Sin datos | 23 | 10% |
Vínculos entre víctimas directas y sujetos activos, año 2025 (229 vínculos; una víctima puede tener más de un agresor y viceversa). Dentro de la primera categoría: 84 parejas, 42 ex parejas y 9 relaciones sexo-afectivas de otro tipo. Fuente: RNFJA, informe 2025.
El 36% de las víctimas convivía con el agresor al momento del hecho y el 78% fue atacada en una vivienda, con la vivienda compartida como lugar más frecuente (35,5%), seguida de la vivienda de la propia víctima (29%). El espacio público concentró el 15,5% de los hechos. Treinta y una víctimas, el 15,5%, estuvieron desaparecidas antes del hallazgo de sus restos; una continuaba desaparecida al cierre del registro.
En al menos 101 vínculos, el 44%, existían hechos previos de violencia de género: 36 conocidos por denuncia formal y 65 por otros medios que constan en las causas. El dato tiene, sin embargo, una limitación seria que el informe señala: en la mitad de los vínculos no hay información al respecto, de modo que ese 44% es un piso. De las 36 víctimas que habían denunciado formalmente, 16 contaban con medidas judiciales de protección vigentes al momento del hecho. Al menos 130 niñas, niños y adolescentes eran hijas e hijos de las víctimas y quedaron comprendidos entre los potenciales beneficiarios del régimen de reparación económica de la Ley 27.452.
Sobre los medios empleados, la fuerza física fue el principal en 79 víctimas, las armas de fuego en 51 (25,5%) y las armas blancas en 47. Once de las armas de fuego eran reglamentarias de fuerzas de seguridad. Ese dato se conecta con otro que el informe destaca: al menos 20 sujetos activos, el 9,5%, pertenecían o habían pertenecido a fuerzas de seguridad, más del doble de la proporción registrada en 2024. Tras cometer el hecho, 35 agresores se suicidaron (17%) y otros 6 lo intentaron; al menos un tercio buscó ocultar su autoría. Al 31 de diciembre, el 65% de los sujetos activos estaba privado de la libertad y las causas con sentencia eran todavía la excepción, algo esperable en expedientes con meses de trámite.
El registro también releva los travesticidios y transfemicidios, con la advertencia de que se trata de una estadística no exhaustiva: en 2025 se contabilizaron 4 víctimas, frente a 8 en 2024, dentro de una serie que oscila entre 4 y 8 casos anuales desde 2016.
El registro y la figura penal
Desde 2012, la Ley 26.791 incorporó al Código Penal el homicidio agravado por violencia de género (artículo 80, inciso 11), la figura usualmente denominada femicidio. El RNFJA es independiente de esa calificación: incluye los casos por los indicios del hecho, no por la carátula. En 2025, el 67% de las imputaciones relevadas contenía el inciso 11, un 19% contenía otras figuras —homicidios agravados por el vínculo o por otras circunstancias, e incluso homicidios simples— y en el 14% restante no había imputación formal a la fecha de corte, en general por tratarse de sujetos no identificados o fallecidos.
La distinción importa porque durante 2025 el Poder Ejecutivo nacional anunció su intención de impulsar la eliminación de la figura penal del femicidio, lo que abrió un debate público sobre la continuidad de la estadística. En términos estadísticos, la respuesta está en el diseño del registro: al no depender de la calificación legal, el RNFJA puede sostener su serie con independencia de lo que ocurra con el artículo 80. La Corte Suprema, ante versiones sobre un posible cambio de criterios tras la publicación del dato de 2025, precisó que la metodología del registro no se modificó desde su consolidación en 2017. El marco general sigue siendo la Ley 26.485 de protección integral, que define la violencia contra las mujeres y sus modalidades y ordena la producción de información estadística sobre el fenómeno.
Lecturas y preguntas abiertas
Los datos de una década dejan tres conclusiones firmes y varias preguntas. La primera conclusión es que el femicidio en Argentina fue, durante la mayor parte del período, un fenómeno de nivel estable: mientras los homicidios caían de manera sostenida desde 2014, el registro judicial de muertes por violencia de género se mantuvo en torno a una víctima cada 100.000 mujeres. La segunda es que esa estabilidad se quebró en el último bienio, con dos caídas consecutivas que llevaron el registro a su mínimo histórico, y que la de 2025 es una señal estadísticamente genuina del agregado nacional, aunque ninguna provincia individual permita afirmarla por separado. La tercera es que, aun con ese descenso, el femicidio cayó menos que el resto de la violencia letal, y por eso pesa cada vez más dentro de ella: es el componente que la política de seguridad convencional alcanza con más dificultad, porque ocurre mayormente en viviendas y dentro de relaciones de pareja o familiares.
Las preguntas abiertas son al menos tres. La primera es si el descenso del bienio 2024-2025 inaugura una tendencia o repetirá el patrón de 2021-2022, cuando dos años de baja fueron seguidos por un repunte. La serie es corta y la prudencia se impone. La segunda es qué explica la caída: el registro no permite por sí solo atribuirla a políticas específicas, a la dinámica general de la violencia o a factores sociales de mayor alcance, y ese vacío requiere investigación dedicada. La tercera es de información: la mitad de los vínculos sin datos sobre violencia previa y las dos terceras partes de las víctimas sin nivel educativo relevado marcan el límite de lo que las causas judiciales registran hoy sobre las circunstancias que anteceden a un femicidio. Reducir esos vacíos es condición para que la discusión pública sobre prevención se apoye en evidencia y no en impresiones. Como en los artículos anteriores, la conclusión de fondo es la misma: los datos existen, son públicos y admiten más y mejor análisis del que habitualmente reciben.
Fuentes
Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: informe de la edición 2025 y bases de datos abiertos 2017-2024, con sus notas metodológicas y protocolo de detección de causas. Sistema Nacional de Información Criminal (SNIC), Ministerio de Seguridad Nacional: bases abiertas 2000-2025 e Informe SNIC 2025. Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC): proyecciones de población por sexo y jurisdicción elaboradas sobre el Censo 2010 (2010-2040) y sobre el Censo 2022 (2022-2040).
Ficha técnica
Fuente principal y unidad de análisis. Los femicidios se cuentan según el RNFJA, único registro oficial del fenómeno en Argentina. Su unidad es la causa judicial iniciada entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año en la que se investiga la muerte violenta de una mujer cis o de una mujer trans o travesti por razones de género; de allí se derivan víctimas directas, víctimas de femicidio vinculado y sujetos activos. La inclusión de un caso no exige la aplicación del artículo 80, inciso 11, del Código Penal: siguiendo el protocolo del registro, se incorporan las causas en las que la hipótesis de femicidio no pudo descartarse a la fecha de corte. Los conteos de femicidio vinculado y de travesticidios/transfemicidios no son exhaustivos, porque su detección completa exigiría revisar todas las causas de homicidio del país, tarea que no se realiza en todas las jurisdicciones.
Versiones de los datos. Para 2017-2024 se utilizaron las bases de datos abiertos rectificadas por el Observatorio de seguimiento de causas y sentencias, que difieren levemente de los informes anuales originales por altas y bajas de casos posteriores a cada publicación. Para 2025 se utilizó el informe de la edición 2025 (la base abierta correspondiente se publica al cierre de 2026). El dato de 2025 es provisional: seis causas quedaron en seguimiento en Córdoba, Chubut, Jujuy, Santiago del Estero, Santa Fe y Tucumán y podrían incorporarse en revisiones futuras. Incluso computándolas en su totalidad, 2025 continuaría siendo el mínimo de la serie. Los totales de 2014 (225), 2015 (235) y 2016 (254) provienen de los informes de esos años; la propia Oficina de la Mujer señala que la metodología se consolidó a escala nacional en 2017, por lo que el tramo 2014-2016 se presenta diferenciado y no se usa como base de comparaciones.
Base poblacional. Las tasas cada 100.000 mujeres se calcularon con las proyecciones del INDEC al 1 de julio de cada año: base Censo 2010 para 2014-2021 y base Censo 2022 para 2022-2025, el mismo criterio adoptado por esta serie de artículos desde su inicio y por el RNFJA a partir de su edición 2025. Este cambio de base introduce una pequeña discontinuidad entre 2021 y 2022, más visible en jurisdicciones cuya población proyectada difirió del censo, como la Ciudad de Buenos Aires. Siguiendo la advertencia del propio registro, el numerador de las tasas incluye a las víctimas mujeres trans y travestis, mientras que el denominador es la población femenina proyectada, que no distingue identidad de género.
Comparación RNFJA-SNIC. Las dos fuentes difieren en origen (judicial y policial), en unidad (causas iniciadas en el año y hechos ocurridos en el año) y en criterios de clasificación, de modo que sus series no son restables caso a caso. La estimación de homicidios de mujeres sin componente de género identificado, obtenida como diferencia entre las víctimas mujeres del SNIC y las víctimas directas del RNFJA, es una aproximación de orden de magnitud; pequeñas diferencias de imputación temporal entre fuentes no alteran su lectura, dado el tamaño del movimiento (de unas 153 a unas 79 víctimas entre 2017 y 2025). La serie de víctimas por sexo del SNIC es utilizable desde 2014: entre 2009 y 2013 más de la mitad de las víctimas de homicidio figura con sexo sin determinar, lo que invalida la desagregación de esos años.
Tratamiento de la incertidumbre. Con volúmenes provinciales que en la mayoría de los casos no superan las diez víctimas anuales, las variaciones interanuales por jurisdicción reflejan sobre todo fluctuación aleatoria. Por eso el análisis territorial se presenta en trienios, con la tasa anual media calculada como cociente entre las víctimas del período y los años-persona de población femenina. Para evaluar el año 2025 se comparó el conteo observado de cada jurisdicción con un valor esperado igual al promedio de 2022-2024, bajo el supuesto de que los conteos siguen una distribución de Poisson, con intervalos del 95%. Solo Corrientes (0 víctimas observadas frente a un intervalo de 1 a 10) quedó fuera de su rango; las restantes veintitrés jurisdicciones quedaron dentro. El total nacional quedó fuera: 200 víctimas observadas frente a un valor esperado de 235 y un intervalo de 205 a 265, lo que indica que la caída agregada de 2025 excede la fluctuación esperable.
Alcance de la caracterización de las causas. Las variables de vínculo, convivencia, hechos previos de violencia, medidas judiciales, lugar y medio empleado provienen del informe 2025 y se computan sobre vínculos o sobre víctimas según corresponda; en varias de ellas la proporción de casos sin datos es alta (50% en hechos previos de violencia, 68% en nivel educativo de las víctimas) y los porcentajes informados deben leerse como pisos mínimos. Este artículo no reproduce información de casos individuales.